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ESTAFA, ABUSO DE CONFIANZA Y HURTO EN EL SEGURO DE AUTOMOVILES

De Acuerdo con el estudio de la demanda de seguros de 2018 en Colombia, publicado por la Banca De Oportunidades en conjunto con la Superintendencia Financiera y Fasecolda, (Fasecolda, Banca de las Oportunidades, Superintendencia Financiera de Colombia, 2018) el 8.4% de los hogares colombianos poseen al menos un carro o moto para poder movilizarse y solamente el 21.6% de estos hogares cuenta con un seguro todo riesgo que los proteja ante diferentes peligros a los que pueden estar expuestos, dentro de estos peligros encontramos posibles servicios de asistencia, daños o perjuicios a terceros, daños accidentales al vehículo y hurto. Respecto a estos dos últimos encontramos que según la proporción y alcance de la pérdida pueden ser perdidas o hurto parcial o total.

Entre el 01 de enero al 31 mayo de 2021, el Grupo De Información De Criminalidad de la Policía Nacional reporta (ANGEL, 2021), en Colombia se han hurtado 3.492 vehículos, de estos 3.059 fueron vehículos livianos como Automóviles, camperos, camionetas o motos. Analizando más a fondo estas cifras encontramos que 1.216 de estos vehículos fueron sustraídos sin el empleo de armas, llave maestra, escopolamina o elementos contundentes y encontramos que en algunos casos los delincuentes logran engañar a los propietarios o conductores de vehículos a través de tretas o engaños logrando apropiarse indebidamente de los automotores.

El artículo 246 del código penal Colombiano (C.P.C) nos define La Estafa y las penas a quien las cometa, por lo que se entiende como estafa el provecho que obtiene una persona de la voluntad de otra utilizando para su propósito el engaño o simulación de negocios falsos, esto para sacar un provecho propio o para un tercero y generando un perjuicio patrimonial para quien es estafado y por su parte el artículo 249 del C.P.C nos menciona lo referente al Abuso de Confianza lo cual es tomar posesión o aprovechamiento de bien ajeno de quien en su buena fe, se lo confió o entregó para algún propósito diferente al traslado de dominio o propiedad, generando de igual manera un perjuicio patrimonial; entendiendo estos conceptos, debemos diferenciar tanto La Estafa como El Abuso de Confianza y el Hurto y lo anterior en propósito de comprender que el seguro de vehículos en Colombia, excluye de su cobertura a la estafa y el abuso de confianza, así como cualquier otro delito sobre el patrimonio diferente al hurto o la tentativa de hurto.

El seguro Todo Riesgo De Vehículos cubre servicios de asistencia, responsabilidad civil, daños al vehículo y el hurto o las tentativas de hurto (entre otras coberturas) pero excluye la estafa o el abuso de confianza

Si bien la estafa o el abuso de confianza pueden derivar en la desaparición del vehículo, estas no son consideradas en el Código Penal Colombiano como hurto ni hurto calificado por ende las aseguradoras las tienen excluidas de cobertura en sus condicionados y clausulados generales al seguro de Todo Riesgo Automóviles o Motos y para comprender mejor el concepto proponemos los siguientes ejemplos:

Cuando en el proceso de venta de un vehículo, usted como propietario ha firmado y entregado las llaves y posesión del automotor al supuesto comprador, quien ha simulado una transferencia electrónica o consignación de cheque que finalmente resultan ser rechazados o sin fondos y los recursos nunca fueron recibidos por el vendedor, aquí se configura una Estafa y por lo tanto sin cobertura en la póliza.

O cuando usted entrega tanto el vehículo como las llaves en algún lugar, taller o parqueadero y el vehículo no le fue devuelto cuando usted lo requirió, porque alguna persona o funcionario se llevó el vehículo y nunca lo regresó, aquí se considera como un abuso de confianza y en efecto es excluido de la cobertura de la póliza

Estas dos situaciones si bien terminan en el hurto del automotor, el delito que origina la pérdida es encajado en la definición de estafa o abuso de confianza,

y tienen la característica que tanto las llaves como el vehículo fueron entregados de manera consiente y por voluntad del propietario o conductor a quien finalmente comete el ilícito.

Con lo expuesto anteriormente queremos participarlo del riesgo que existe, que lo conozca, pueda prevenirlo y ser precavidos cuando se le presente la oportunidad, tomando las medidas de control necesarias. Si está vendiendo su vehículo nunca firmar ni entregar las llaves hasta confirmar que el desembolso del dinero ha sido exitoso y que está disponible en su cuenta y no en canje o pendiente de confirmación; tampoco de entregar las llaves y el carro en lugares, talleres o parqueaderos que no cuenten con las medidas de protección y le aseguren a usted el reconocimiento o cuenten con el respaldo para asumir cualquier perdida que se pueda presentar.

Aclaramos que en las condiciones de cobertura de las pólizas, las aseguradoras indican que solo reconocerán las perdidas por abuso de confianza cuando usted entregó las llaves en un parqueadero contratando el servicio de “valet parking” prestado por empresas o personal debidamente identificado como tal, si el parqueadero no cuenta con dicho servicio y aun así le piden las llaves del vehículo usted puede llegar a tener inconvenientes con la cobertura de su póliza.

De los hogares colombianos el 8.4% cuentan con un vehículo o moto y solamente el 21.6% de estos cuentan con un seguro todo riesgo